{"id":723,"date":"2004-10-15T00:00:00","date_gmt":"2004-10-15T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/luchadeclases.org.ve\/wp_temp\/?p=723"},"modified":"2004-10-15T00:00:00","modified_gmt":"2004-10-15T00:00:00","slug":"sutralum-exige-a-cvg-venalum-respete-la-convenciolectiva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/luchadeclases.com\/?p=723","title":{"rendered":"Sutralum exige a CVG-Venalum respete la convenci\u00f3n colectiva"},"content":{"rendered":"<p>Para Yhonny L\u00f3pez, secretario de trabajo y reclamo del comit\u00e9 ejecutivo de Sutralum, y Freddy Su\u00e1rez secretario de trabajo y reclamo de la seccional de empleados, es importante que CVG-Venalum cumpla con cl\u00e1usulas como la n\u00famero 81, referida a el tra <!--more--> Para Yhonny L\u00f3pez, secretario de trabajo y reclamo del comit\u00e9 ejecutivo de Sutralum, y Freddy Su\u00e1rez secretario de trabajo y reclamo de la seccional de empleados, es importante que CVG-Venalum cumpla con cl\u00e1usulas como la n\u00famero 81, referida a el trabajo en altura y fosas, ya que quienes laboran en esas \u00e1reas deben recibir un pago especial y la empresa no lo est\u00e1 haciendo en estos momentos. <\/p>\n<p>  As\u00ed mismo, ambos dirigentes expresaron que CVG-Venalum tampoco cumple con la cl\u00e1usula 17, que tiene que ver con el servicio de transporte y el tiempo de viaje, recordaron que hace tiempo se hizo un estudio pero la empresa reductora de aluminio no ha comenzado a cancelar ese beneficio contractual. <\/p>\n<p>  &quot;Le hacemos un llamado al gerente de personal, Santiago Bugallo, para que se pronuncie y d\u00e9 fiel cumplimiento a lo estipulado en nuestra convenci\u00f3n colectiva, la cual fue firmada el 16 de diciembre del 2003&quot;, acot\u00f3 Yhonny L\u00f3pez. <\/p>\n<p>  El dirigente sindical asegura que la empresa debe cumplir con el pago del tiempo de viaje de los trabajadores, agreg\u00f3 adem\u00e1s que la empresa engavet\u00f3 ese estudio que se realiz\u00f3 para determinar el pago de ese beneficio. <\/p>\n<p>Basamento legal <\/p>\n<p>  En cuanto al suministro del transporte y el pago del tiempo de viaje, los dos secretarios de trabajo y reclamo de Sutralum, destacaron que la planta de CVG Venalum est\u00e1 ubicada en Ciudad Guayana, pero para muchos trabajadores resulta dif\u00edcil el traslado hasta y desde la planta, las partes han convenido en que mientras no se modifiquen las circunstancias actuales, regir\u00e1n ciertas condiciones: <\/p>\n<p>  Ambas partes acordaron que la empresa continuar\u00e1 suministrando por su cuenta el transporte de los trabajadores que habitan en Ciudad Guayana, Upata, El Pao, Ciudad Bol\u00edvar y El Triunfo. <\/p>\n<p>  Freddy Su\u00e1rez expres\u00f3 que la empresa conviene pagar el tiempo invertido por los trabajadores al trasladarse desde Ciudad Bol\u00edvar, Upata y El Pao, hasta su sitio de trabajo, equivalente a una hora cuarenta y cinco minutos de tiempo de viaje diario. <\/p>\n<p>  Tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 Su\u00e1rez que los trabajadores que habiten en San F\u00e9lix y El Triunfo, recibir\u00e1n el pago equivalente a una hora y quince minutos de tiempo de viaje diario, mientras que los trabajadores que habiten en Puerto Ordaz recibir\u00e1n el pago equivalente a cuarenta y cinco minutos de tiempo de viaje. <\/p>\n<p>  Su\u00e1rez record\u00f3 que esos pagos ser\u00e1n calculados sobre el salario b\u00e1sico correspondiente a la jornada ordinaria legal, as\u00ed mismo indic\u00f3 que aquellos trabajadores que para la firma de esta Convenci\u00f3n, residan en Ciudad Bol\u00edvar, Upata, El Pao, Ciudad Guayana y El Triunfo, ser\u00e1n transportados desde la poblaci\u00f3n de su residencia hasta las instalaciones de la empresa y viceversa, en sus respectivos turnos de trabajo. <\/p>\n<p>  De igual manera, el dirigente record\u00f3 que de acuerdo al contrato colectivo, los trabajadores que no posean vivienda propia en Ciudad Guayana y que por dicha raz\u00f3n se vean obligados a fijar su residencia en las poblaciones de Upata, Ciudad Bol\u00edvar y El Triunfo, podr\u00e1n efectuar su traslado o cambio de residencia y gozar de los beneficios de esta Cl\u00e1usula. <\/p>\n<p>  Todo esto est\u00e1 estipulado en la cl\u00e1usula 17 de la convenci\u00f3n colectiva, la cual estipula: &quot;La empresa a trav\u00e9s de la Unidad de Ingenier\u00eda Industrial, realizar\u00e1 un estudio t\u00e9cnico para verificar los tiempos estipulados en esta cl\u00e1usula para las rutas extraurbanas, con la participaci\u00f3n de un (1) miembro de la Comisi\u00f3n de transporte por parte del sindicato, en car\u00e1cter de observador. Dicho estudio se realizar\u00e1 dentro de los noventa (90) d\u00edas siguientes a la fecha de la homologaci\u00f3n de la presente Convenci\u00f3n. En caso de que la Unidad de Ingenier\u00eda Industrial determine alguna variaci\u00f3n en dichas rutas, se har\u00e1n los ajustes correspondientes&quot;. <\/p>\n<p>Otra cl\u00e1usula violada <\/p>\n<p>  Seg\u00fan Yhonny L\u00f3pez, otra de las cl\u00e1usulas que est\u00e1 siendo violada es la n\u00famero 81 que tiene que ver con trabajo en altura y \u00e1reas confinadas, el dirigente indic\u00f3 que la empresa convino garantizar las medidas de seguridad industrial en las labores que impliquen trabajos en altura y \u00e1reas confinadas, de acuerdo con lo establecido en las normas Covenin, Ley Org\u00e1nica de Prevenci\u00f3n, Condiciones y Medios Ambiente del Trabajo y normativa interna de la empresa. <\/p>\n<p>  Tambi\u00e9n acot\u00f3 que para ese beneficio se entiende por &quot;espacio confinado o cerrado&quot; a todo recinto cerrado, con restricci\u00f3n de entrada, limitaciones de espacio, condiciones desfavorables de ventilaci\u00f3n natural, que contiene o puede contener o generar contaminantes peligrosos, atm\u00f3sferas deficientes de ox\u00edgeno (menos de 21% de ox\u00edgeno) y\/o inflamables y al cual tenga que ingresar el trabajador para realizar su trabajo, en labores de mantenimiento e inspecci\u00f3n que no impliquen una ocupaci\u00f3n continua. <\/p>\n<p>  As\u00ed mismo, se considerar\u00e1 trabajos en altura, donde el trabajador deba realizar sus labores a una altura superior a 1,5 metros sobre superficies no fijas donde exista riesgo de ca\u00eddas libres. <\/p>\n<p>  Explic\u00f3 L\u00f3pez que la empresa pagar\u00e1 una prima equivalente al 60% del salario b\u00e1sico\/hora del trabajador, que se aplicar\u00e1 sobre la totalidad de las horas efectivamente trabajadas, a aquellos trabajadores que por requerimiento de la empresa realicen labores en altura o en espacios confinados, para lo cual deber\u00e1 obtenerse la certificaci\u00f3n de trabajo seguro. <\/p>\n<p>Superintendencia de Ambiente e Higiene no cumple <\/p>\n<p>  Yhonny L\u00f3pez agreg\u00f3 que CVG-Venalum a trav\u00e9s de la Superintendencia de Ambiente, Higiene y Prevenci\u00f3n de Accidentes, realizar\u00e1 las evaluaciones correspondientes de aquellas \u00e1reas que por recomendaci\u00f3n del Comit\u00e9 de Higiene y Seguridad Industrial, puedan implicar labores en altura o \u00e1reas confinadas. <\/p>\n<p>  Sin embargo el dirigente asegura que el Superintendente de esa \u00e1rea, Luis Dimas, no cumple con su deber y no ha hecho que la cl\u00e1usula 81 de la convenci\u00f3n colectiva sea cumplida. <\/p>\n<p>  De igual manera denunci\u00f3 que Jes\u00fas Garc\u00eda, miembro de esa superintendencia y del Comit\u00e9 de Higiene y Seguridad de la empresa, tampoco est\u00e1 cumpliendo con sus funciones para que la empresa cumpla con el respectivo pago estipulado en la cl\u00e1usula 81. <\/p>\n<p>  El dirigente sindical dice que tanto la gerencia de CVG.-Venalum como la Inspector\u00eda del Trabajo deben hacer que se respete la convenci\u00f3n colectiva de los trabajadores, as\u00ed como la Ley Org\u00e1nica del Trabajo y la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela, &quot;la empresa no puede seguir incumpliendo con nuestro contrato, o es que esta es la revoluci\u00f3n bonita que tanto han vendido a los trabajadores&quot;, puntualiz\u00f3 L\u00f3pez.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para Yhonny L\u00f3pez, secretario de trabajo y reclamo del comit\u00e9 ejecutivo de Sutralum, y Freddy Su\u00e1rez secretario de trabajo y reclamo de la seccional de empleados, es importante que CVG-Venalum cumpla con cl\u00e1usulas como la n\u00famero 81, referida a el tra<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[33],"tags":[],"post_format":[],"flags":[],"class_list":["post-723","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-reportes"],"jetpack_featured_media_url":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/723","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=723"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/723\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=723"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=723"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=723"},{"taxonomy":"post_format","embeddable":true,"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fpost_format&post=723"},{"taxonomy":"flags","embeddable":true,"href":"https:\/\/luchadeclases.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fflags&post=723"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}